
Se trata de una prórroga que se realiza desde hace años para contener el impacto en los precios de venta al público. El esquema regirá para los gravámenes sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.
La SSN publicará una nueva resolución que dejará sin efecto la normativa expedida a fines de abril.
Actualidad11/06/2024
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El Gobierno publicará este martes la oficialización de la marcha atrás con la medida que iba a prohibir a las aseguradoras brindar el servicio de grúa y remolque a sus asociados a partir del próximo mes.
De esta manera, la decisión no llegará a entrar en vigencia y desde mañana quedará sin efecto el documento que la reglamentó, con la publicación de la resolución 269/2024 en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo informado por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) a Noticias Argentinas.
La medida había generado controversia y tenía varios pedidos de informes de distintos sectores. Incluso, el vocero presidencial, Manuel Adorni, había confirmado que no se revertiría la decisión de modificar el servicio de grúas ofrecido por las compañías aseguradoras en todo el país.
Sin embargo, ahora el Gobierno confirma que la normativa que debía entrar en vigor el 1 de julio y que había sido anunciada a finales de abril, no entrará en rigor, por lo que seguirá la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.
La Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, había planteado el objetivo de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia. Algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas con la notificación de este cambio en el servicio prestado.
Desde el organismo encabezado por Guillermo Plate, precisaron que "se firmó una resolución que deroga la anterior, por lo que vuelve a estar el servicio de remolque y grúas en los mismos términos que estaba antes".
La modificación, de haber seguido adelante, implicaba además que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”. Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.
A raíz de esta medida impuesta por la SSN, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) había decidido el pasado el 28 de mayo, una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores.
Buscaban obtener la nulidad del artículo 2° de la Resolución, que imponía “modificaciones que afectan directamente las condiciones del servicio de remolques, privando a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.

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Se trata de una prórroga que se realiza desde hace años para contener el impacto en los precios de venta al público. El esquema regirá para los gravámenes sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.

