
Rige la veda electoral por las elecciones generales del domingo
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El domingo 22 será la décima elección presidencial desde 1983. Hay 35.394.425 personas habilitadas a votar en todo el país.
Como establece el Código Electoral Nacional, a las 8 de este viernes comenzó a regir la veda, dispuesta tras el cierre de la campaña y 48 horas antes de la apertura de los centros de votación para las generales del domingo próximo.
En este marco, hay determinadas prohibiciones que tienen sus horarios puntuales. Es el caso del expendio de las bebidas alcohólicas, una de las regulaciones más conocidas de la veda electoral, que arrancará mañana, a las 20.
Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda.
Se trata de la realización de actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación. Sin embargo, la veda no rige en las redes sociales, donde las militancias virtuales tienen luz verde para hacer de las suyas en las próximas horas.
Tampoco se podrá ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino. Ni publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde este viernes.
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral están prohibidos. Al igual que la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación. Y, desde este sábado, estará prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.
Todas las prohibiciones concluirán tres horas después de cerrados los comicios. Es decir, el domingo, a las 21.En resumen: actividades prohibidas durante la veda electoral
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.
- La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.
- Desde el sábado y hasta las 21 del domingo está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.


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